RESOLUCION CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
Por Marcela Masilla Potocnjak
Esa es la “referencia” que encontramos en la resolución de la Contraloría General de la República, Región de Valparaíso, de fecha 23 de octubre de 2020 que se dicta como respuesta a la denuncia que hiciéramos, en junio de 2020, sobre la utilización contumaz, por parte del Alcalde José Yañez, de las redes sociales (Facebook) de la Municipalidad de Algarrobo para realizar “proselitismo político en beneficio de su campaña electoral”. No lo digo yo, lo dice la resolución firmada por don Víctor Merino Rojas, Contralor Regional.
La contraloría verificó que en el video denunciado, publicado “… el 27 de junio de 2020, en la cuenta denominada “@munialgarrobo”, que el municipio mantiene en la red social Facebook-, corresponde a una grabación de 4 minutos y 41 segundos, en el que aparece don José Luis Yáñez Maldonado, Alcalde de Algarrobo, señalando, en síntesis, que existirían personas que divulgan información tergiversada o malintencionada; que se habría publicado un listado con el nombre de los alcaldes que apoyarían una iniciativa que buscaba bajar el precio de las cuentas de los servicios básicos, en la que no fue incluido, pese a apoyar dicha moción; que proviene de una familia humilde; y que vive en esa comuna hace 48 años.”.
Al respecto, el criterio de la CGR es que las cuentas institucionales de las entidades públicas se deben utilizar para fines institucionales o para publicitar información o hechos de interés general acerca de algún aspecto relevante del funcionamiento de la entidad, en este caso la I. Municipalidad de Algarrobo, velando por el derecho de los y las ciudadanos y ciudadanas a conocer y ser informados de las actividades de los servicios públicos (dictamen N° 100.962, de 2015, entre otros). A su vez, se observa que en la mayoría de las fotografías y videos insertos en sus comunicaciones, que aparece el Alcalde junto a concejales y funcionarios municipales
Destaca la Contraloría, en su resolución que, es el Municipio de Algarrobo como institución pública, quien presta los servicios que se anuncian en cumplimiento de sus funciones, y NO LA AUTORIDAD EDILICIA, en forma independiente, como puede entenderse cuando el Alcalde Yáñez, hace un uso excesivo de su nombre e imagen.-
Concluye la CGR que la publicación del video, y otras publicaciones que señala la resolución, no han tenido como finalidad informar a la comunidad y tampoco dar a conocer hechos o acciones relacionados con el cumplimiento de sus fines, sino que ha sido utilizado por el Alcalde para realizar descargos en torno a información que le afectaba personalmente “… por lo que corresponde que esa municipalidad, en lo sucesivo, ajuste su actuar en materia de publicidad y difusión a lo manifestado en la anotada jurisprudencia administrativa.”.
La Contraloría es clara en su resolución, sin embargo nuestro Alcalde sigue vulnerando sus dictámenes, a través de su Facebook personal publicita acciones, de la Municipalidad, como actos propios, que justamente, es lo que la Contraloría ha objetado en reiteradas oportunidades y en esta resolución.
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