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martes, 12 de octubre de 2021

PROYECTO MIRASOL NORTE: RESOLUCIÓN DE SMA ESTABLECE “HIPÓTESIS DE ELUSIÓN” A LA LEY AMBIENTAL

Un detallado expediente entregó la Superintendencia de Medioambiente (SMA) en la que concluye que el proyecto ubicado en El Yeco, comuna de Algarrobo, denominado Mirasol Norte, y conocido como El Rabanal, debiera ingresar al Sistema de Evaluación Ambiental. En el documento la SMA expone que la inmobiliaria Costa del Sol Spa ha incurrido en una serie de irregularidades, incumplimientos y afectaciones paisajísticos y ambientales al lugar. Incluso, sostiene que el proyecto “se encontraría en una hipótesis de elusión” a la ley de medioambiente.

Hace un año atrás habitantes, vecinos e integrantes del Movimiento Ciudadano No al Rabanal ingresaron denuncias a la SMA. Sumaron nueve entre los años 2019 y 2021 que la SMA consideró para oficiar, a través de la Resolución Exenta Nº 2143, a la Dirección Regional de Valparaíso del Servicio de Evaluación Ambiental para que se pronuncie si el proyecto inmobiliario “Mirasol Norte” -conocido como El Rabanal- debe ingresar al Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Sin embargo, dados los antecedentes expuestos en el documento, la SMA sostiene que el proyecto “sí incurre en la causal de ingreso al SEIA (…) al ejecutarse dentro de áreas colocadas bajo protección oficial (ZPCP y ZBC 2)”, y concluye que el proyecto sí “se encontraría en una hipótesis de elusión” de la ley ambiental por iniciar sin EIA o con un pronunciamiento ambiental pertinente.

En el expediente, la SMA realiza un detallado recorrido por los incumplimientos, irregularidades cometidas por la empresa y por las denuncias ciudadanas en las que ha incurrido el emprendimiento inmobiliario y alerta a la empresa Costa del Sol Spa -titular de la iniciativa- que, de reiniciar las obras sin una evaluación de impacto ambiental o con un pronunciamiento ambiental pertinente, la SMA podrá solicitar la detención de funcionamiento al Tribunal Ambiental competente.

Esta nueva victoria que mantienen paralizadas las obras depredadoras del proyecto inmobiliario, que se suma a la paralización del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), que fue la primera en pronunciarse y que sigue vigente; una Orden de No Innovar y un Recurso de Protección en la Corte de Apelaciones de Valparaíso, hacen que Costa del Sol Spa esté pasando por uno de sus peores momentos en el desarrollo de su iniciativa. Con este nuevo expediente de la SMA, que le pone una luz roja al proyecto y revisa la forma en que se aprobó este proyecto en la Municipalidad de Algarrobo, se abre una nueva oportunidad para que la iniciativa continúe paralizada.

El Movimiento Ciudadano No a El Rabanal expresa que “la nueva resolución de la SMA reafirma lo que hemos venido sosteniendo desde hace más de dos años: que este proyecto es inviable y nefasto para Algarrobo. Este dictamen reafirma nuestra convicción y nos recarga de energías para lograr la paralización total de este condominio de casi 500 departamentos, con un Beach House, un Club House y casi 700 estacionamientos que afectará irreversiblemente nuestra comuna, nuestros bienes naturales, históricos, paisajísticos y patrimoniales”.

La SMA en este fallo oficia a la Ilustre Municipalidad de Algarrobo, a fin de que conozca de las materias sectoriales indicadas en las denuncias y adopte las medidas pertinentes al respecto, tomando en cuenta que es el ente que aprobó el proyecto en primera instancia. También oficia al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de Valparaíso para que emita un pronunciamiento sobre si el proyecto deberá someterse o no al SEIA.

Las pruebas comunitarias que acogió la SMA

“Con esta resolución parece que la SMA sí escuchó lo que hace más de dos años hemos señalado respecto a la devastación que significa este proyecto para nuestro territorio costero en términos ambientales, sociales, patrimoniales, paisajísticos y naturales, entre otros”, sostienen desde el Movimiento Ciudadano.

Esto porque una de las denuncias más importantes que se han sostenido tienen que ver con que el proyecto no había sido evaluado ambientalmente. La comunidad sostenía que el proyecto estaba dentro del área reconocida por el Plan Regulador Intercomunal de Valparaíso como “Zona de protección por cauces naturales y valor paisajístico” (ZPCP), y la SMA en este expediente lo reafirma, contradiciendo la versión del Servicio de Evaluación Ambiental y de la inmobiliaria Costa del Sol Spa.

La SMA identificó, en visita a terreno realizada el 6 de octubre del 2020, “4 especies clasificadas en estado de conservación: Echinopsis chilensis, Myrceugenia correifolia, Myrceugenia rufa y Puya chilensis. Se constató también evidencia de ejemplares de Puya chilensis (chagual) descepados, así como plantas herbáceas, arbustos y árboles autóctonos afectados en su hábitat o cortados, entre ellos Eryngium paniculatum, Baccharis macraei y Myrceugenia rufa”. También en terreno en septiembre y octubre de 2020, la SMA “detectó corta de vegetación nativa al interior del área de emplazamiento” del proyecto, siendo infraccionado por la Ley N°20.283 sobre Recuperación de Bosque Nativo y Fomento Forestal, “por corta no autorizada de 0,15 há de formaciones xerofíticas, en circunstancias que para ello se debió contar con un plan de trabajo, aprobado por Conaf”.

Costa del Sol Spa tampoco recibió autorización sanitaria para el manejo de residuos no peligrosos, eso sin mencionar lo que podría corresponder en relación al Reglamento de Residuos Peligrosos, Código Sanitario y Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, sostiene el expediente.

Beach Club y House Club

Un punto crítico del proyecto es lo que menciona la SMA menciona respecto de la construcción del Beach House y del Club House contempladas ya que serían totalmente perjudiciales para las zonas de protección, tanto la ZPCP y la ZBC 2. El Beach House, que intervendría la ZBC 2 considera una piscina, cafetería, baños, acceso desde la playa y áreas verdes y afectaría al menos 2.282 m2 del área protegida, tanto en la fase de construcción como de operación del proyecto. La resolución de la SMA considera que la edificación del Beach House “modifica las condiciones paisajísticas naturales en un ambiente antropizado y artificial destinado al turismo”. En la zona afectada se desarrolla vegetación natural conformada por distintas especies de flora silvestre que a su vez posibilita condiciones de hábitat para fauna silvestre y lo que a su vez, configura los atributos naturales que dan forma a las condiciones paisajísticas de la Sub-Zona del Borde Costero de Protección por Valor Natural y Paisajístico (ZBC 2).

La SMA calcula que los casi 500 departamentos construidos sumarían unos 1.680 habitantes (considerando sólo 4 personas por departamento) que usarían eventualmente las instalaciones del Beach Club, lo que implica una susceptibilidad permanente de posibles riesgos antropogénicos asociados a desechos domiciliarios, ruido y acción de mascotas sobre la flora y fauna silvestre. Este Beach House realizaría obras al interior del área de protección ZPCP al considerar una escalera y ascensor para la movilización de personas desde los edificios residenciales hacia el Beach Club proyectado en la parte baja de los acantilados antes de la playa Mirasol. Esta sería una intervención de unos 362 m2 , generando susceptibilidad de disminución y fragmentación de la integridad de las áreas naturales de valor paisajístico que conforman la ZPCP.

La SMA además, pone una voz de alerta en las consecuencias que pueden tener los 1.680 habitantes que se trasladarían entre los departamentos, la zona de Beach Club y la playa, tanto por el ruido, los desechos, incendios e incluso, la acción de las mascotas sobre la flora y fauna silvestre.

Como Movimiento Ciudadano No al Rabanal sostenemos la convicción de que el proyecto no ha sido evaluado ambientalmente, así como tampoco se han abierto espacios de participación ciudadana donde la comunidad organizada pueda hacer valer su voz de cómo quiere construir el futuro.

Fuente: Movimiento Ciudadano No al Rabanal

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