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viernes, 17 de julio de 2020

APROBACIÓN DE RETIRO DE FONDOS AFP. Opinión

Lorena Esquivel Ortega
Psicóloga- Magister (ts) Gerontóloga Social

Se acaba de aprobar en la Cámara de Diputados el proyecto, que permite el retiro de hasta el 10% de los ahorros obligatorios mantenidos en las AFP, para todas las personas, con un límite de UF 150 de retiro. También, en esta oportunidad, la Cámara de Diputados rechazó la creación del Fondo Colectivo Solidario de Pensiones, que compensaría el impacto en las futuras pensiones, que este retiro tendría en las cuentas de las personas.

Ahora, el proyecto pasa al Senado para su revisión. Desde aquí pueden desprenderse varias opciones: modificación, aprobación o rechazo. Incluso si fuera aprobado en su trámite legislativo sin ninguna modificación, debe pasar por la aprobación del presidente de la República, quien, en uso de sus facultades, puede aprobarlo o vetarlo.

Más allá de la posibilidad cierta de contar, en esta oportunidad, con recursos económicos inmediatos (que son sus ahorros), es importante que considere el uso que les dará. Es necesario destacar el legítimo derecho que tiene Ud. de disponer de ellos de la manera que estime conveniente, pero también es importante señalar el valor que tiene esta oportunidad para que pueda resolver necesidades urgentes como; alimentación, educación, salud u otros. Aunque, porque no decirlo, algunos/as recibirán “un pedazo más grande de la torta y podrán incluso darse un gusto pasajero”. 

Un saludo cordial para cada uno/a de ustedes. 

" Las opiniones vertidas son de exclusiva responsabilidad de quien las emite y no representan necesariamente el pensamiento de Algarrobo Digital "

10 comentarios:

  1. y qué pasa con la primera generación de conejillos de indias del sistema de AFP? condenados a una mísera pensión?

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  2. Quisiera hacer un alcance sobre esta columna que me parece muy buena y atingente.- Una vez aprobada por el Senado en general y en particular esta reforma constitucional, no pasa por el presidente de la República su aprobación o veto.- Las leyes no pasan por la aprobación del Presidente de la Pública nunca, cuando se trata de una ley simple u Orgánica Constitucional el Presidente puede vetar y las cámaras aprobar o no el veto. Cuando se trata de una Reforma Constitucional el Presidente no puede vetar.- Si El Senado Aprueba, queda sanjada la Reforma, a menos qué se suscite una contienda de competencia entre el Congreso y el Poder Ejecutivo.-

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  3. Es muy extraña esta columna. Una psicología que ha publicado técnicas para el bienestar y luego se transforma en opinión política. Existe el dicho o una metáfora: "Las cosas malas normalmente vienen en envase atractivo".

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  4. Que triste su vida, "contingencia". Cada vez que cualquier persona publica una opinión o una columna, cualquiera sea el tema, usted salta a escribir sandeces con tinta de amargura. Le sugiero una visita al psicólogo. Lo suyo es un caso digno de estudio. (pobre psicólogo).

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  5. A propósito de "cosas malas", una mirada en el espejo no le vendría nada mal.

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  6. No confunda cayetano, sabemos que cualquier cosa discrepante politica o no, ud y varios se enfurecen. Lo sentimos por eso. Quedarnos callado no lo haremos. Asi es que aceptelo aun estamos y seguiremos libres de opinion. Todas las publicaciones en este medio estan hechas para opinar, criticar y proponer. Vaya al psicologo a tratarse la rabia, a nosotros no nos afecta. Fuimos los primeros de alagar la primera columna de Lorena. Por eso nuestra sorpresa.

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  7. Que lástima que se trancen en discusiones fútiles y de verdad no vean lo profundo de este tema, los invito a llevar la discusión con altura de miras, respeto y pensando siempre que queremos lo mejor para nuestro país.-

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    1. Señora Marcela, no le pida altura de miras o respeto a contingencia. Es solo cuestión de leer sus "aportes" en este medio, y se dará cuenta que no hay por donde.
      Por mi parte, pongo fin a este coloquio, que a nada conduce.

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