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martes, 18 de febrero de 2020

ALGARROBO: CORTE SUPREMA RATIFICÓ FALLO QUE IMPIDE PAVIMENTAR ÁREAS VERDES SIN MODIFICACIÓN DEL PLAN REGULADOR

El Máximo Tribunal corroboró el dictamen de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que estableció que el municipio no puede construir caminos en espacios de áreas verdes sin haber previamente obtenido la desafectación del bien.
Fuente: soychile.cl 
José Salgado Núñez

vecinos habían plantado árboles nativos días atrás
La Tercera Sala de la Corte Suprema ratificó el fallo dictaminado por la Corte de Apelaciones de Valparaíso con respecto al recurso de protección presentado en contra de una resolución del alcalde de Algarrobo, Jaime Gálvez, con respecto a la pavimentación de las áreas verdes ubicadas al final de la calle Samuel Lillo, en el sector de Algarrobo Norte.

La resolución declaró que el municipio no puede construir dichos caminos sin modificar de forma previa el Plan Regulador, enmarcado en la solicitud que realizó la Junta de Vecinos del sector al edil para que se otorgaran las facilidades para utilizar un área verde como área recreacional. El jefe comunal manifestó entonces que se trataba de un camino que pretendía pavimentar, permitiendo el acceso vehicular permanente a un proyecto inmobiliario que se desarrolla en el sector.
Mediante un comunicado, el senador Francisco Chahuán valoró el fallo realizado por la Máximo Tribunal, expresando que “lo anterior está expresamente prohibido y, tal como lo ratificó la Corte Suprema, requiere un cambio del uso de suelo, en consecuencia no es una atribución del alcalde”.

El parlamentario afirmó además que “tal como lo suponíamos, el municipio no puede desafectar un área verde sin que haya una modificación al Plan Regulador Comunal, por lo que este fallo avala nuestra posición y constituye un aporte sustantivo para velar por que las áreas verdes sean resguardadas”.

El abogado de los vecinos, Christian Lucero, sostuvo que “la Corte Suprema confirma que lo manifestado por los vecinos, en el sentido que el alcalde no puede destinar a calle un área verde si no se ha modificado previamente el plan regulador” y recordó que el edil invitó a la comunidad a resolver esta controversia por una vía administrativa. Al respecto, valoró que la sentencia libera a los vecinos del pago de las costas.

La presidenta de la Junta de Vecinos de Algarrobo Norte, María Isabel Baeza, se manifestó feliz con la decisión adoptada por el Máximo Tribuna, recalcando que, “si bien el fallo no ordena al alcalde a replantar los árboles que eliminó, envía un claro mensaje en el sentido de que el área verde no se puede destinar a la calle como un acceso vehicular permanente a un complejo inmobiliario, lo que es contrario al derecho".

Los demandantes adelantaron que estudian nuevas acciones legales para impedir que en el futuro se continúe utilizando como acceso vehicular el área verde, ya que se trata de un espacio que debe ser destinado preferentemente al uso peatonal y al esparcimiento y no como entrada a un complejo inmobiliario particular, señalando que “posiblemente interpondremos un reclamo de Ilegalidad y una denuncia a la Contraloría General de la República, a fin de que el alcalde saliente cumpla a cabalidad con la ley, lo que hasta ahora no ha hecho”.

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