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domingo, 5 de agosto de 2018

DETECTAN UN AUMENTO DE LOS "LOTEOS BRUJOS" EN COMUNAS DE LA PROVINCIA DE SAN ANTONIO

Un catastro de Bienes Nacionales identificó a las comunas de Cartagena, El Tabo y El Quisco entre las con más ventas irregulares de propiedades en la Región. En Algarrobo también se presentan estas situaciones. De acuerdo a la Ley, las Municipalidades están obligadas a denunciar este delito.

Municipios están obligados a hacer las denuncias
Diario El Líder de San Antonio.
Reporteado Jesus Farias Silva

Están todos los elementos para el desastre: desinformación, dinero y el deseo de tener una casa propia.

Se trata de la proliferación de los llamados "loteos brujos" en las zonas rurales de la provincia de San Antonio, donde se ha detectado que particulares compran un terreno, lo subdividen y lo venden por pedazos con la falsa promesa al comprador de que ahí podrían construir una casa.

En algunos sectores las transacciones corresponden a personas que están buscando construir una vivienda para veranear cerca del mar o para radicarse definitivamente. ¿El resultado? Pequeñas villas no autorizadas, que la ley obliga a demoler.

El caso era un secreto a voces. Sin embargo, en abril el Ministerio de Bienes Nacionales declaró un aumento de las fiscalizaciones a lo largo de todo el país.

Casi cuatro meses después del anuncio, la cartera dio a conocer la firma de un convenio con las autoridades municipales, cambios administrativos y legales para impedir las ventas fraudulentas

También se hizo un catastro con los lugares más afectados por el problema. Tres de las seis comunas de la provincia de San Antonio aparecen en el listado de los territorios con más dificultades.

De acuerdo a lo informado por la seremi de Bienes Nacionales de la Quinta Región, Rosario Pérez, "en los sectores de El Tabo, Cartagena y El Quisco, nuestro equipo de Regularización en conjunto a las municipalidades se ha detectado un aumento de estas irregularidades, atendiendo las consultas y orientando a las víctimas de estos delitos". A estos se suman Puchuncaví, Papudo y Quillota.

Esta semana, además, en la Comisión Mixta de Vivienda del Congreso se aprobó el proyecto para perfeccionar el Decreto Ley 2.695, que permite Bienes Nacionales regular las posesiones irregulares.

No se regularizarán más terrenos que provengan de loteos brujos

Seremi Rosario Pérez en visita a la Provincia
de San Antonio
Este cambio se produce en el marco del programa "No Más Loteos Irregulares", "que busca poner fin al engaño que sufren miles de chilenos y chilenas", según informó la seremi Rosario Pérez.

"Con estas medidas no vamos a lograr terminar definitivamente con la mala práctica de loteos irregulares, pero es un buen inicio para que no se sigan propagando. Gracias a estas modificaciones el Ministerio podrá contar con más información de los predios a regularizar. Le declaramos la guerra a los loteos irregulares. Que quede claro: no se regularizarán más terrenos que provengan de loteos brujos. Este convenio lo firmamos con 345 autoridades municipales en junio", agrega.

"Decimos fuerte y claro, basta con este abuso que afecta los sueños de tantas personas en nuestro país y que constituye un delito sancionado por una pena que puede alcanzar los 10 años de presidio", resaltó Rosario Pérez, quien informó que el proyecto se mantiene con "urgencia simple" para ser tramitado por el Senado y luego por la Cámara de Diputados. Esto significa que debe ser tramitado dentro de 30 días.

Denuncias

Hace unos días, el Ministerio de Bienes Nacionales lanzó el programa "No Más Loteos Irregulares", que consiste en una plataforma web donde se pueden realizar las denuncias de quienes lucran realizando loteos irregulares. Para dar cuenta de los ilícitos, el trámite se puede realizar presencialmente en municipalidades, intendencias y gobernaciones.

En caso de duda, se recomienda acudirá las Direcciones de Obras Municipales, donde está la información fidedigna de cada terreno.

¿Oué es?

El Ministerio de Bienes Nacionales tiene la facultad de regularizar el dominio de una propiedad a quien sea poseedor material de una bien raíz, pero que carezca de título de dominio debidamente inscrito en el Conservador de Bienes Raíces, reconociéndole la calidad de "poseedor regular” para adquirir el dominio del inmueble.

El cambio propuesto por el Gobierno aumentará los plazos y los requisitos para obtener este beneficio.

El título de dominio, por su parte, es una herramienta para mejorar la calidad de vida de las personas, ya que quienes regularicen su propiedad podrán acceder a di-versos beneficios sociales entregados por el Estado, tales como pavimentación de calles, casetas sanitarias, subsidios (habitacionales, de agua potable y alcantarillado), entre otros.

Fuente: Diario El Líder de San Antonio. 05 Agosto 2018. Página # 5.

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Complemento de la Noticia
“Algarrobo Digital” en base a información del Ministerio de Bines Nacionales.

¿QUÉ ES UN LOTEO IRREGULAR?

Los loteos irregulares o también llamados loteos “brujos” son subdivisiones de terreno que no cuentan con un permiso provisorio o definitivo de la Municipalidad correspondiente. Estos terrenos no poseen delimitaciones claras de calles, tampoco acceso a espacios públicos ni a servicios básicos como: alcantarillado, agua potable, luz, entre otros.

Son subdivisiones de hecho fuera de los límites urbanos o fuera de los límites de los planes reguladores intercomunales de Santiago y Valparaíso y del plan regulador metropolitano de Concepción, de una superficie inferior a los 5.000 m², que es la superficie predial mínima exigida por la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y el DL 3.516, que establece normas de división de predios rústicos.

¿CÓMO OCURREN?

Se producen por la disposición de terrenos emplazados generalmente en zonas rurales, sin cumplir con la normativa urbanística que regula dichos predios, contenida en la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en su ordenanza general y en el Decreto Ley Nº 3.516, las que establecen normas sobre subdivisión predial urbana y rústica en relación con los planos reguladores comunales.

¡LA CONFORMACIÓN DE LOTEOS IRREGULARES CONSTITUYE UN DELITO!

 
La Ley General de Urbanismo y Construcciones (Art. 138º) sanciona a todo aquel que realice actos o contratos que tengan por finalidad transferir el dominio con el objeto de crear nuevas poblaciones o comunidades en contravención a las normas urbanísticas.

Por Ley, las Municipalidades, las Intendencias, las Gobernaciones, MINVU Regional y SERVIU Regional están obligados a denunciar este delito (art. 139, Ley General de Urbanismo y Construcciones). Además, cualquier funcionario público que cuente con información respecto de un delito tiene la obligación de denunciar a la autoridad competente.

La pena es desde 3 años y un día hasta los 10 años de presidio.

DENUNCIA

Si tiene información y antecedentes concretos sobre la existencia de un loteo irregular, puede denunciarlo accediendo al formulario del Ministerio de BiEnes Nacionales   AQUÍ







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