SERVICIOS

miércoles, 3 de enero de 2018

DIRECTOR COLEGIO CARLOS ALESSANDRI DE ALGARROBO EXPONE SITUACIÓN DEL CASO ESPECIAL DE ALUMNA QUE FUE YA FUE RESUELTO Y TUVO AMPLIA DIFUSIÓN PÚBLICA

Información oficial entregada a los medios de comunicación


1.            En primer siempre resulta lamentable tener que dar respuestas a situaciones de denuncias, más cuando estas están sin toda la información objetiva del caso.

2.            Cabe señalar en primer lugar que la alumna Abril Reyes Cabrer presenta una asistencia a clases de un 14,20 % durante todo el período escolar del 2017. Inasistencia que solo logra justificar los meses de abril, mayo y junio del 2017 y de ahí al término del período escolar de dicho año, que se culminaba al 11 en primera instancia y 12 por situación de recuperación, por período eleccionario de noviembre y diciembre; y no presentándose licencia que justifique la inasistencia de la alumna.

3.            El 29 de Marzo se recibe formalmente una carta de reclamo, de la apoderada de la alumna Abril Reyes que trataba sobre una discriminación que habría sufrido la alumna por parte de la Profesora de Educación Física, por haberla dejado sola en la sala de clases. Lo que conllevó a la investigación interna sobre el caso y conforme a los antecedentes reunidos del caso, se realizó una reunión con la Docente, las Profesionales del Equipo PIE del Colegio e Inspectoría General a lo cual se concluyó en un plan de trabajo en conjunto con las profesionales del PIE y la profesora, para atender y apoyar en las situaciones que la alumna por sus características particulares, no pudiera participar en aquellas actividades de la clase y considerándole las evaluaciones diferenciales pertinentes. 

A lo cual se cita en una reunión posteriormente a la apoderada de la alumna con los profesionales del equipo PIE pertinente e Inspectoría General, para informarle de lo indagado a la fecha y lo acordado, para seguir apoyando a la alumna en situaciones a futuros; por lo que manifestó estar de acuerdo y que la dejaba tranquila la medida y posteriormente se presenta el padre de la alumna en Inspectoría General señalando que no estaban de acuerdo con lo acordado con la apoderada y que no mandaban más a la niña al colegio ya que la medida no les daba garantía, remitiendo también el reclamo hacia la Superintendencia de Educación y al DAEM de la Comuna y el 06 de abril del mismo año la Dirección del Colegio le ratifica a la apoderada que la situación está bajo sumario y que como Establecimiento Educacional no se justificaba que a la alumna no la siguiera enviando al colegio como adulto responsable o apoderada, más que la situación en conflicto estaba relacionado con una asignatura y que no estaba aún probada una situación de discriminación. A lo cual en el intertanto la Superintendencia de Educación daba por cerrado la Causa en la medida que el Colegio solicitó una investigación Sumaria para mejor esclarecimiento de la situación; Sumario que se ha visto demorado en su proceso y por información obtenida de jurídica y el DAEM, principalmente porque las partes implicadas como las denunciantes comenzaron a presentar largas licencias médicas.

4.            En cuanto a la Evaluación, cabe señalar que al momento de hacer la solicitud la apoderada el 02 de noviembre, donde la alumna pudiera dar pruebas especiales, que pudieran conllevar a la promoción de la alumna y ser vista ésta por el Consejo de Profesores en la semana del 06 al 10 de noviembre del 2017, la alumna solo presentaba 2 notas parciales a nivel del primer semestre, una en lenguaje y otra en matemáticas y solo quedaban, como cuatro semanas de clases para poder llevar a cabo una solicitud de este tipo, complicándose más la situación para los docentes para llevar a cabo una preparación de los contendidos con la alumna y apoyo a ésta, dado que la apoderada tampoco aceptaba que la alumna se incorporara a clase, por lo que se le solicitó que adjuntara en la solicitud el certificado médico pertinente que respaldara la situación, certificación que nunca se adjuntó y las que habían en el Establecimiento solo justificaba su inasistencia a junio del 2017. 

Conforme a lo anterior, el Consejo de Profesores de igual forma dio acogida a la solicitud solo pensando en seguir apoyando y acogiendo la situación de la alumna; pero con lo que no contaba el Consejo de Profesores y esta Dirección,  que la apoderada o adulto responsable se negara a que la Profesora de Educación Física, tomara las evaluaciones pertinentes, teniendo desde un principio claro que esto sería de esta manera, vista y acordada ante el DAEM como comunicada a la Dirección Provincial de Educación. A lo cual se dio dos oportunidades para que la apoderada se presentara con la alumna a rendir la prueba y más considerando que pudiera haber organismos externos como garante de la evaluación, como fue el caso del DAEM.

Conforme a lo anterior, es donde se presenta la problemática que complica dar el cierre del proceso evaluativo, en el sentido que el espíritu del Reglamento de Evaluación se proyecta en su aplicación al alumno que presentándose al colegio se niegue a la evaluación y donde siempre el alumno termina rindiéndola con el apoyo del apoderado generalmente, pero en este caso  es la apoderada o adulto responsable que se niega a traer a la alumna a la evaluación, por lo tanto la Profesora argumenta, que no puede aplicar la nota mínima a un alumna que nunca  llegó a presentarse al colegio, más  que las característica de la evaluación se daría a través de una sola instancia como situación muy especial aprobada por el Consejo de Profesores y más si a la docente se le estaba tratando de imputar una situación de discriminación y a la vez en un razonamiento supuesto, en el sentido qué cuál hubiera sido la reacción si la docente  hubiera colocado la nota 1 en esta asignatura y el promedio matemático hubiera significado la repitencia, el juicio hacia la profesora habría sido de cómo la docente colocó un 1 a una alumna que no se presentó o asociar la situación de discriminación no probada aun, como intención de la profesora de querer perjudicar a la alumna.

5.            Conforme a todo lo señalado anteriormente en lo más resumido posible, que se veía complicado establecer una situación de repitencia o de promoción; dado que faltaba una nota de carácter cuantitativa para efecto de Acta, no por responsabilidad del Colegio, sino porque la apoderada se negó traer a la alumna a la evaluación y además que era una situación muy excepcional otorgada por el Consejo de Profesores, que no se estaba dando cumplimiento conforme a lo que se había acordado, más que la alumna nunca se reincorporó al Colegio y presentaba solo un 14,20% de asistencia, se informaba hasta el momento que la alumna quedaba en la condición de baja o retirada, pero sin aun con cierre de Acta de fin de año; a lo cual posteriormente en reunión sostenida con la Superintendencia de Educación, donde se presentaban todos los antecedentes, se entendía la posición del colegio o la medida tomada hasta el momento, concluyendo que la apoderada debía presentarse con la alumna para la evaluación, gestión que se comenzó de inmediato por parte del Encargado de la Unidad de Promoción, la cual no se pudo concluir por no ser ubicable la apoderada y es en eso que se le plantea al Encargado de la Unidad de Promoción como Director del Colegio, que con el solo propósito el cual siempre ha tenido el Colegio y la Dirección de éste, de apoyar a la alumna que ha estado en el colegio por más de 4 años; de darle una solución a la situación de la alumna, dado que ella no es la responsable de la situación en que se encuentra y menos que la pueda entender, se acuerda que si se le solicita y con esto se habilita al Director, para colocar la nota mínima, con el solo propósito que la alumna pueda ser promovida, acción que queda estipulada a través de un correo donde se le solicita al Director poder llevar a cabo esta acción, permitiendo con esto que la alumna pueda ser promovida.

6.            Con esta gestión o mediación realizada entre la Dirección del Colegio y la Superintendencia de Educación, se hace posible dar una solución a la promoción de la alumna; pero ahora queda por solucionar todo el daño y perjuicio que pueda estar experimentado la Docente, como de amenazas y seguridad hacia su familia, al presentar y difundir una situación de discriminación no probada aun y sin el conocimiento objetivo del caso, como el daño de imagen del Colegio, que conforme a los antecedentes siempre estuvo y estará con la disposición de apoyar la situación de esta alumna, que es muy querida por la comunidad educativa del Colegio y a la vez queda también por definir o solucionar el tema de la apoderada o adulto responsable, que sin lugar a duda tiene una responsabilidad en el caso.

     Oscar Zúñiga Ulloa
        Director Colegio
Carlos Alessandri Altamirano de  Algarrobo

ALGARROBO, Enero 02, 2018

16 comentarios:

  1. Siempre van a creerle a Los monos mayores con mas pesos

    ResponderEliminar
  2. Eliana Rojas Silva4 de enero de 2018, 8:26

    Señor Anónimo "Los monos mayores con mas pesos" están demostrando con evidencias todo lo que se hizo por ayudar a la estudiante para ser promovida, a pesar que la legislación vigente dice que deben contar con un 85% de asistencia anual.
    De este informe responsable donde se hace una cronología de los hechos deduzco y se evidencia una clara vulneración de derechos hacia la niña, ya que los primeros en velar por la educación de sus hijos son los padres, su preocupación principal es enviarlos a la escuela y colaborar con su enseñanza trabajando en forma conjunta con los equipos profesionales PIE y docentes, para el desarrollo de la menor - lo demuestra el 14% de asistencia.
    La integración es un tema complejo cuando los adultos no entienden que la discriminación se inicia cuando me niego a "integrar" desde toda acción a personas con capacidades diferentes. Resultado de buenas prácticas de integración existen y sobrepasan las expectativas de familias, docentes y profesionales, pero para eso debe haber disposicion y entendimiento en primer lugar de la familia. Acusar a los demás es muy fácil. Mirarse a sí mismo y reflexionar si lo estoy haciendo bien, es lo más difícil.

    ResponderEliminar
  3. Primero deben colocarse en el lugar de la niña que quedó sola y abandonada en una clase de educación física. Luego que confianza tiene una madre de dejar en el colegio a su hija para que sean responsables de su cuidado. Probar discriminación? Y mientras que le ocurre a la niña? No es una cosa

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Nunca quedo sola la niña, cuando no quiso hacer ed. Física quedó con una de nuestras Asistentes más antiguas y responsables y luego con su profesora jefe. Cabe señalar que a niña lleva 4 años con nosotros, tiene 19 años, no es una desconocida para nadie. Infórmese y después crucifique sin sabe
      Irene Alvarez

      Eliminar
    2. Lo bueno es que falta poco para que se desmascare esta camarilla que opera en este establecimiento: El informe que origina la Investigación Sumaria (que todavía se encuentra en proceso) contra la profesora, dice textual que "No fue llevada porque es más lenta que sus compañeros y los retrasa"... Falta poco para que la educación de Algarrobo sea en pro de los niños...

      Eliminar
  4. Mariana Gutiérrez4 de enero de 2018, 9:50

    Es muy importante la existencia de este diario en Algarrobo. Gracias a este diario hemos logrado por mas de dos años saber lo que sucede en Algarrobo y no quedarnos en la informalidad y parcialidad de los Facebook. La completa información que da el establecimiento educacional es clara y deja en muy débil posición a la mama de la niña. Np puede considerar al colegio como una guardaría infantil a su total arbitrio y servicio. Seria bueno que aportaran antecedentes los profesores del colegio- Parce imposible y absurdo que TODO el colegio haya actuado en forma tan irresponsable como airma la mama de la niñita.

    ResponderEliminar
  5. La autoridad maxima de la comuna es el señor alcalde ¿dira algo?

    ResponderEliminar
  6. Patricia Sepulveda4 de enero de 2018, 13:21

    La verdad, es que, cuando se conocen todas las versiones del hecho, uno puede hacerse de una opinión.
    Primero: Los padres y apoderados no están de acuerdo en la forma como educar a su hija.
    Segundo: Al parecer los padres creen que inclusión significa "regalo". Como la niña tiene una condición diferente debían regalarle la promoción. Inclusión señores padres, apoderados y público en general significa que las "reglas del juego" son para todos iguales. Para promover a una estudiante, debe cumplir ciertos requisitos y uno de ellos es tener, a lo menos, un 85% de asistencia.
    Tercero: Los profesores evaluamos conocimiento, no comportamiento. Si un alumnos/a no se presenta, NO LO PUEDO EVALUAR CON NOTA MÍNIMA. No se puede evaluar en ausencia. Bien por la docente que se negó y se declaró incompetente ante las exigencias de la apoderado.
    Cuarto: Tomando en consideración la declaración del director, si hay una falla grande del establecimiento. El equipo psico social debió haber denunciado a los apoderados a la justicia cuando no se presentaba la niña a clases y no había justificación médica. La vulneración del derecho a la educación de la niña, obviamente venía de parte de los padres. El establecimiento, al no recibir certificados médicos que justifiquen la ausencia de la niña, tenía hasta el 31 de octubre para darla de baja, previa denuncia a los padres.
    Quinto: Ya está bueno. Ya basta de tanta falta de respeto, a priori, de personas que no tienen idea de docencia, de las leyes que nos rigen, de las exigencias que tenemos, hacia los profesores. Nosotros somos los especialistas, nosotros sabemos y como seres humanos, a veces, nos equivocamos, pero para eso, detrás o junto a nosotros está el consejo de profesores, está el consejo escolar y están el equipo de gestión de un establecimiento.
    Ahora, la docente afectada, debiese hacerse asesorar por un abogado, si es colegiada, por el colegio de profesores, para hacer una denuncia contra todos aquellos que la amenazaron, la insultaron, publicaron su RUT, su dirección, y contra los canales de televisión y prensa.
    YA BASTA DE HACERSE FAMOSOS A COSTA DE LA DENOSTACIÓN EN CONTRA DE DOCENTES.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. lo que pasa es que no todos los profesores tienen vocación... por ende pierden el sentido común... ponganse en el lugar de la madre y de la niña... esto no es lucha de poder, desubicados!!! recuerden que los profesores deben ser educadores no weon@s resentidos y se de fuente cercana que a la niña la webearon todo el año, déjense de justificar weas y asuman! es mas digno!

      Eliminar
    2. Especialistas??? Perdón? Bájese de esa nube.. Es sólo un trabajador más remunerado por ello

      Eliminar
    3. Yaaaa... especialistas? Ustedes saben lo que hacen? Bájese del pony, no porque sea profe, sabe lo que es mejor para esa niña. Esto me suena más a resentimiento social que a una verdadera defensa a los docentes. Es como un nuevo concepto: profenazi. Apoyo los 2 comentarios antes que el mío.

      Eliminar
  7. Estoy muy de acuerdo con usted Sra. Patricia, pero como periodista quisiera preguntarle por qué estima usted que se debería demandar a los medios de comunicación. Las amenazas e insultos me parecen totalmente repudiables. Saludos cordiales

    ResponderEliminar
  8. Me parece bastante completa y ordenada la respuesta del colegio; sin importar la condición especial que pueda tener un estudiante en particular, existen normas que se deben cumplir para todos como el porcentaje de asistencia. Además si como apoderado retiro a mi hijo de un colegio argumentando que no me da garantías, mi obligación como padre y apoderado es buscar otro que le permita a mi pupilo terminar el curso de estudios, no puedo dejarlo sin ir a clases por meses para volver después a exigir al mismo establecimiento del que lo saqué que lo readmita y quiebre su propia reglamentación a mi entero capricho.Me parece una irresponsabilidad evidente de los padres que intentan mediatizar un asunto en que su propia actuación perjudicó gravemente a su hija. Es de esperar que este asunto se resuelva del mejor modo y se aprecien los hechos con objetividad para todos los involucrados.

    ResponderEliminar
  9. Muchas gracias Patricia diste en el clavo, eso es lo que pretende la madre y la Profesora ha tenido que hacer gastos con medida de protección, abogada, cuidado especial con sus hijos..todo producto de esta situación que me parece hasta absurda
    Irene Alvarez

    ResponderEliminar
  10. Se requiere, a lo menos, un 85% de asistencia de las clases establecidas en el calendario escolar anual. No obstante, por razones debidamente justificadas el director(a) del establecimiento y el profesor(a) jefe podrán autorizar la promoción de los alumnos de 2º a 3º y de 4º a 5º año, con porcentajes menores de asistencia. En el segundo ciclo básico (5º a 8º) esta autorización deberá ser aprobada por el consejo de profesores.

    ResponderEliminar
  11. Me huele a gatos encerrados acá se vulneró los derechos de la menor ahora sres. Háganse cargo de su irresponsabilidad...la poca vocación está esta a la vista...si no eres capaz de trabajar con un menor diferente quédense en su casa, serán mayor aporte que el que están haciendo estás profesoras, que por cierto algunas se dedican a publicar en redes sociales a sus propios pares venenosa los años te están pasando la cuenta..así tal cual. Colegio municipal nido de víboras que nada hicieron por la menor.

    ResponderEliminar