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lunes, 10 de octubre de 2016

SEPA CUALES SON LOS 34 CANDIDATOS A CONCEJALES QUE POSTULAN A SEIS CUPOS EN EL CONCEJO MUNICIPAL DE ALGARROBO

Esta vez,  33 candidatos postulan agrupados en 7 pactos de los partidos políticos y un solo candidato independiente fuera de pacto.
A tan solo 13 días de las elecciones municipales, resulta preocupante el desconocimiento que hemos detectado en la ciudadanía algarrobina de quienes son los 34 candidatos que se postulan a ser los 6 que conformarán  el Concejo Municipal de Algarrobo, además hay un alto desconocimiento de cuáles son las funciones que deben cumplir. En presentaciones y folletos presentan planes de gobierno y anunciar el compromiso de múltiplos beneficios para la comunidad en circunstancia que no tienen facultades para ello, eso le corresponde única y exclusivamente al alcalde.
 Los concejales actúan como un cuerpo colegiado, es decir, como un equipo que en determinadas materias de índole presupuestaria y manejo de fondos deben autorizar  por votación mayoritaria al alcalde para llevarlas a cabo en materias específicas. Por diversas conversaciones de vecinos con algunos candidatos, hemos sabido que un alto número de candidatos no ha leído la Ley. Sugerimos que los lectores le pregunten sobre temas específicos para saber si están preparados.  Al final del  listado de los 34 candidatos, damos un adelanto sobre las funciones de los concejales. Juzgue usted lector si al elegir su candidato cree usted que éste está preparado para las labores que la ley exige.

Debe tenerse presente que conforma al sistema de pactos, el voto de cada elector por su candidato se suma a un total del Pacto y de allí salen elegidos los de mayor votación. Es decir su voto no es exclusivo, va en auxilio de todos los demás candidatos del Pacto.

B. PACTO NUEVA MAYORÍA - SOCIALISTAS Y DEMOCRACIA CRISTIANA (6 candidatos)
Partidos Socialista – 3 Candidatos
B. 6 FRANCISCO MATTA ITURRA. Pacto Nueva Mayoría - Partido Socialista.
B. 7 CARMEN SALAZAR LOPEZ. Pacto Nueva Mayoría - Partido Socialista
B. 8 JUVENAL MORALES ALVAREZ. Pacto Nueva Mayoría - Independiente- Partido Socialista.
Partidos Democracia Cristiana  – 3 Candidatos
B. 9 FERNANDO GOMEZ CEBALLOS. Nueva Mayoría - Democracia Cristiana
B.10 PATRICIO ARAYA ANGEL. Nueva Mayoría - Democracia Cristiana
B.11 PATRICIA VASQUEZ SANCHEZ. Nueva Mayoría - Independiente- Democracia Cristiana.

G. PACTO CON LA FUERZA DEL FUTURO - PARTIDO RADICAL (4 candidatos)
Partido Radical  – 4 Candidatos
G.12 ANTONIETA SANDOVAL SOLIS. Con la Fuerza del Futuro - Partido Radical
G.13 JESSICA GARCIA PHILLIPS. Con la Fuerza del Futuro - Independiente- Partido Radical.
G.14 PATRICIO OYARZUN AHUMADA. Con la Fuerza del Futuro - Independiente- Partido Radical
G.15 MIRIAM NUÑEZ URBINA. Con la Fuerza del Futuro - Independiente- Partido Radical.

H. PACTO CHILE VAMOS – RENOVACIÓN NACIONAL (6 candidatos)
                Renovación Nacional -  6 Candidatos
H.16 MANUEL CATALAN ARANDA. Chile Vamos RN - Renovación Nacional.
H.17 MARCO A. GONZALEZ CANDIA. Chile Vamos RN - Renovación Nacional.
H.18 BARBARA MENDIOLA MOYA. Chile Vamos RN - Renovación Nacional
H.19 ALEJANDRO SANTIS TORRENT. Chile Vamos RN - Renovación Nacional. 
H.20 PABLO ARMIJO GRANADINO. Chile Vamos RN - Independiente - Renovación Nacional
H.21 MIGUEL A. OLAVE CARO Chile Vamos RN- Independiente - Renovación Nacional

H. PACTO CHILE VAMOS – PRI Y EVOPOLI (4 candidatos)
                Partido Regionalista Independiente (3 candidatos)
J.22 PATRICIO OYARCE PACHECO. Chile Vamos PRI - Partido Regionalista
J.23 CARLOS TAPIA AVILES. Chile Vamos PRI - Independiente - Partido Regionalista.
J.24 BORIS COLJA SIRK. Chile Vamos PRI - Independiente - Partido Regionalista.
                Partido Evópoli (1 candidato)
J.25 INGRID STIERLING COTAPOS. Chile Vamos - Evópoli- Independiente –Evópoli.

L. PACTO CHILE VAMOS – UNIÓN DEMÓCRATA INDEPENDIENTE UDI
                Partido UDI (6 candidatos)
L.26 YOLANDA YAÑEZ MALDONADO. Chile Vamos UDI - Unión Demócrata Independiente
L.27 RAMON MARIN SEPULVEDA. Chile Vamos UDI-- Unión Demócrata Independiente
L.28 TITO AGUIRRE SANHUEZA. Chile Vamos UDI - Unión Demócrata Independiente
L.29 HARRY ALVAREZ ALBALLAY. Chile Vamos UDI - Unión Demócrata Independiente
L.30 NELSON ESCALANTE DIAZ. Chile Vamos UDI - Unión Demócrata Independiente.
L.31 CARLOS ARCE MENDEZ. Chile Vamos UDI - Unión Demócrata Independiente

O. PACTO YO MARCO POR EL CAMBIO (1 candidato)
                Partido PRO  (1 candidato)
O.32 GLORIA MARIN PRIETO. Yo Marco por el Cambio - Independiente-PRO

S. PACTO NUEVA MAYORÍA PPD – PC
                Partido PPD (4 candidatos)
S.33 JORGE PEREIRA VILLAVICENCIO. Nueva Mayoría - Partido por la Democracia
S.34 RICARDO ESPINOZA NUÑEZ. Nueva Mayoría – Independiente - PPD
S.35 FABIOLA IBARRA CUEVAS. Nueva Mayoría - Independiente - PPD
S.36 GUSTAVO ALFARO RIVANO. Nueva Mayoría - Independiente – PPD.

                Partido Comunista (2 candidatos)
S.37 ELCIARIO VERGARA ALVAREZ. Nueva Mayoría  - Partido Comunista
S.38 ALEJANDRO AVALOS VALDEBENITO. Nueva Mayoría - Partido Comunista

 . INDEPENDIENTE
 .39 LEONOR MUÑOZ BLANCO. Independiente.

*** ***
¿QUÉ FUNCIONES DA LA LEY A LOS CONCEJALES?
En lo principal, de acuerdo a la ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades se lee:
Artículo 71.- En cada municipalidad habrá un concejo de carácter normativo, resolutivo y
fiscalizador, encargado de hacer efectiva la participación de la comunidad local y de ejercer las atribuciones que señala esta ley. (18.695).
Artículo 79.- Al concejo le corresponderá ….
a)   Elegir al alcalde, en caso de vacancia
b)   Pronunciarse sobre las materias que enumera el artículo 65 de esta ley.  El alcalde requerirá el acuerdo del concejo para:

a)   Aprobar el plan comunal de desarrollo y el presupuesto municipal, y sus modificaciones, como asimismo los presupuestos de salud y educación, los programas de inversión correspondientes y las políticas de recursos humanos, de prestación de servicios municipales y de concesiones,
permisos y licitaciones;
b)   Aprobar el plan regulador comunal, los planes seccionales y sus planos de detalle, y el proyecto de plan regulador comunal o de plan seccional …
c)   Establecer derechos por los servicios municipales y por los permisos y concesiones;
d)   Aplicar, dentro de los marcos que indique la ley, los tributos que graven actividades
o bienes que tengan una clara identificación local y estén destinados a obras de desarrollo
comunal;
e)   Adquirir, enajenar, gravar, arrendar por un plazo superior a cuatro años o traspasar
a cualquier título, el dominio o mera tenencia de bienes inmuebles municipales o donar
bienes muebles;
f)   Expropiar bienes inmuebles para dar cumplimiento al plan regulador comunal;
g)   Otorgar subvenciones y aportes, para financiar actividades comprendidas entre las
funciones de las municipalidades, a personas jurídicas de carácter público o privado, sin fines de lucro, y ponerles término;
h)   Transigir judicial y extrajudicialmente;
i)   Celebrar los convenios y contratos que involucren montos iguales o superiores al equivalente a 500 unidades tributarias mensuales …
j)   Otorgar concesiones municipales, renovarlas y ponerles término. En todo caso, las  renovaciones sólo podrán acordarse dentro de los seis meses que precedan a su  expiración, aun cuando se trate de concesiones reguladas en leyes especiales;
k)   Dictar ordenanzas municipales y  reglamentos
l)   Omitir el trámite de licitación pública en los casos de imprevistos urgentes u otras
circunstancias debidamente calificadas …
m)   Convocar, de propia iniciativa, a plebiscito comunal, en conformidad con lo dispuesto por esta Ley
n)   Reubicar o destinar a otras unidades al personal municipal que se desempeñe en la unidad
de Control y en los Juzgados de Policía Local;
ñ)   Otorgar, renovar, caducar y trasladar patentes de alcoholes. El otorgamiento, la renovación o el traslado de estas patentes se practicarán previa consulta a las juntas de vecinos respectivas;
o)   Fijar el horario de funcionamiento de los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas
existentes en la comuna, dentro de los márgenes establecidos en esta Ley ..
p)   Otorgar patentes a las salas de cine destinadas a la exhibición de producciones cinematográficas de contenido pornográfico
q)   Otorgar la autorización a los propietarios de los inmuebles o de sus representantes cuyos
accesos se encuentren ubicados al interior de la calle, pasaje o conjunto habitacional urbano o rural para cierre …

Las materias que requieren el  acuerdo del concejo serán de iniciativa del alcalde. Sin perjuicio
de lo anterior, si el alcalde incurriere en incumplimiento reiterado y negligente de las
obligaciones … podrá ser requerido por el concejo para que presente el o los proyectos que
correspondan dentro de un tiempo prudencial. En caso de que el alcalde persista en la omisión, su
conducta podrá ser considerada como causal de notable abandono de deberes ….

No obstante lo  expresado precedentemente, los concejales podrán someter a Consideración del concejo las materias señaladas anteriormente, siempre que éstas no incidan en la administración financiera del  municipio.

Artículo 80.- La fiscalización que le corresponde ejercer al concejo comprenderá también la
facultad de evaluar la gestión del alcalde, especialmente para verificar que los actos municipales
se hayan ajustado a las políticas, normas y acuerdos adoptados por el concejo, en el ejercicio de sus facultades propias.      Las diferentes acciones de fiscalización deberán ser acordadas
dentro de una sesión ordinaria del concejo y a requerimiento de cualquier concejal.

……. Sigue …… En ninguna parte encontrará facultades para cumplir promesas sobre salud, educación, vivienda, parques y áreas verdes, etc.

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1 comentario:

  1. He observado que en la propaganda en Algarrobo de los candidatos a alcalde y concejales se presentan en su mayoría como independiente, buen mozo, alegre, seguro, inmaculado casi vírgenes. No tienen ninguna relación con los partidos políticos. Todos están por el cambio. Antes no existían, son ángeles recién llegados del cielo. Así se comprueba la vergüenza que sienten algunos de poner en su propaganda el Partido Político bajo cual se postulan y el pacto del duopolio de izquierda Nueva Mayoría y de derecha Chile Vamos al cual están asociados. Por ejemplo, el candidato Urquiza de Chile Vamos, se olvidó de quienes lo nominó, inscribió y financia. El candidato Pinto, también. Espero que la ciudadanía lo tenga presente.
    En el caso de los concejales, tampoco colocan el partido. Se presentan como blancas palomas independientes. Eso es hipocresía, pues los partidos los nominaron, inscribieron y financian. Hay excepciones y son los independientes que han debido hacerlo para tener alguna posibilidad. Posición comprensible y por eso la mayoría no apoya al candidato oficial a alcalde de su Pacto. Es el caso Boris Colja, Patricia Vázquez, Jessica García, Juvenal Morales, Ingrid Stierling, entre otros. Otros casos, también para mencionar es el de los militantes como Nelson Escalante, Alejandro Santis Marco Antonio González y Manuel Catalán, reconociendo sus militancia en un partido, apoya a un independiente pensado en lo mejor para Algarrobo.
    Antes de elegir el candidato, vean la LETRA y eso indica al partido y/o pacto por el cual postula y los votos serán sumados en las victoriosas declaraciones que cada partido hace en la noche de las elecciones.
    La última información del 21 de septiembre pasado sobre la pérdida de confianza de la ciudanía en los partidos políticos, señala: "Pese a los cambios legales que se han introducido en Chile, la incapacidad de modernizarse de las colectividades sigue erosionando la confianza en los partidos políticos, instituciones esenciales para la estabilidad democrática. Ocho de cada diez chilenos declara no sentirse representado por ningún partido político. Así queda reflejado en la última encuesta “Auditoría a la democracia” que dio a conocer recientemente el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Cifra que hace ocho años atrás, cuando se comenzó a hacer esta medición, llegaba al 53%."

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