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sábado, 11 de marzo de 2017

DURANTE EL MES DE MARZO LAS JUNTAS DE VECINOS Y DEMÁS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS DEBEN INGRESAR EN LA SECRETARIA MUNICIPAL EL LIBRO DE REGISTRO DE SOCIOS

Publicamos Circular N° 01 de la Secretaria de la I. Municipalidad de Algarrobo

CIRCULAR  Nº 01  - SM
SECRETARIA MUNICIPAL MINISTRO DE FE

De conformidad  a lo dispuesto  en el Art.  15°  de la Ley Nº 19.418;   que "ESTABLECE NORMAS SOBRE JUNTAS DE VECINOS Y DEMÁS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS; la suscrita en cumplimiento de la  normativa; Comuna de Algarrobo, viene en informar a todas las organizaciones de Algarrobo; Territoriales, Funcionales; de Interés Público,  Asociaciones,  Corporaciones y Fundaciones; constituidas a  través de la ley Nº  19.418; deberán hacer ingreso, a ésta Secretaría Municipal,  el LIBRO DE REGISTRO DE SOCIOS,  depurado,   o actualizado,  durante el mes de MARZO 2017.-

Este debe ser ingresado por la Oficina de Partes, del Municipio; con un documento  que  identifique claramente la institución: Nombre; Domicilio, ROL; Representante legal (Presidente(a), teléfonos de contacto, firmado y con timbre de la organización.

TRANSCRIPCIÓN DEL ARTÍCULO DE LA LEY Nº  19.418.-

"Artículo  15.-   Cada junta de vecinos y demás organizaciones comunitarias deberá llevar un registro público de todos sus afiliados,  en la forma y   condiciones que determinen sus estatutos.
Este registro se mantendrá en la sede comunitaria a disposición de cualquier vecino que desee consultarlo y estará a cargo del secretario de la organización. A falta de sede, ésta obligación deberá cumplirla el secretario en su domicilio.
En ambos casos,  será el propio secretario quien fijará y dará a conocer los días y   horas de atención, en forma tal que asegure el acceso de los vecinos interesados.  Durante dicho horario,  no podrá negarse  la información,  considerándose falta  grave  impedir  u obstaculizar el acceso a este registro, lo cual deberá sancionarse en conformidad con sus estatutos. Una copia actualizada y autorizada de este registro deberá ser entregada al secretario municipal en el mes de marzo de cada año y a los representantes de las diferentes candidaturas en elecciones de las juntas de vecinos al renovar sus directivas, por lo menos con un mes de anticipación y con cargo a los interesados.
Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos anteriores,  cada junta de  vecinos  deberá  remitir al secretario municipal respectivo, cada seis meses, certificación de las nuevas incorporaciones o retiros del registro de asociados".

Una vez terminado el proceso de revisión, se les comunicara vía de teléfono  cuando pueden retirar los libros desde la Secretaria Municipal.

Saluda atentamente a Uds.

Paulina Moyano Mejías
Secretaria Municipal
Ministro de Fe
Algarrobo, Febrero 2017
Fuente: Portal Web I. Municipalidad de Algarrobo

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